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Por unanimidad, el Senado aprobó la creación del parque nacional Laguna El Palmar

30 de junio 2022

El Senado de la Nación aprobó hoy la creación del Parque Nacional y Reserva Nacional “Laguna El Palmar”.  La iniciativa fue aprobada por unanimidad al recibir el respaldo del oficialismo y de la oposición. Ahora, la iniciativa fue girada a la Cámara de Diputados de la Nación para su tratamiento.

Una delegación provincial se hizo presente en el recinto para apoyar la iniciativa. Entre otros, estuvo la ministra Marta Soneira (Ambiente y Desarrollo Territorial Sostenible); el intendente de La Leonesa, José Carbajal y el guardaparque Andrés Lanfiutti, entre otros. Oportunamente, el senador por el Chaco, Antonio Rodas presentó el proyecto de ley que fue aprobado esta noche en el Congreso Nacional.

"Hoy todos somos guardaparques, hemos venido a terminar de transformar un motor incipiente de la economía argentina. El turismo, la ecología y todo lo que se genera con la presencia de los guardaparques es lo que garantizará el desarrollo de esta nación", dijo el senador Antonio Rodas. Por su parte, Víctor Zimmermann destacó que "el proyecto de autoría del senador Rodas nos lleva a tener una jornada de celebración porque es un proyecto altamente positivo, nos va a dar las herramientas necesarias para generar productividad, empleo y para poder mostrar nuestro Chaco profundo". Con 60 votos afirmativos quedaron aprobados por unanimidad los proyectos para la creación de los parques y reservas nacionales Ansenuza en Córdoba, Laguna El Palmar en Chaco y Aconquija en Tucumán, así también el de ampliación del Parque Nacional Pre-Delta en Entre Ríos.

Este es el proyecto presentado que hoy fue aprobado por el Senado:

ARTÍCULO 1° — Aceptase la cesión de jurisdicción efectuada por la Provincia del Chaco mediante la Ley 3458-R sancionada el 10 de Noviembre de 2021 sobre una superficie aproximada de 5.600 hectáreas conformada por los inmuebles de propiedad del Estado Nacional, ubicados en el Departamento de Bermejo, cuyos límites y distribución se describen en el Anexo I “Croquis de Detalle de Cesión de Jurisdicción” de la presente.

ARTÍCULO 2° — Acéptanse las condiciones y cargos establecidos por la Provincia del Chaco en la Ley 3458-R, respecto a la retrocesión de la cesión contemplada en la citada ley.

ARTÍCULO 3° — Créase el Parque Nacional y Reserva Nacional LAGUNA EL

PALMAR, bajo los términos de la ley nacional N° 22.351- Régimen Legal de los

Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacional, en el área que abarca la extensión y distribución territorial descripta en el artículo 1° ubicada en el Departamento de Bermejo, Provincia del Chaco, y cuyos límites se fijan de acuerdo con el mapa que obra como Anexo II “Propuesta de zonificación futura Área Protegida “Laguna El Palmar” del Parque Nacional y la Reserva Nacional Laguna El Palmar”, sujeto a mensura para perfeccionamiento de límites parcelarios.

ARTÍCULO 4° — Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente

serán imputadas a la jurisdicción presupuestaria de la Administración de Parques Nacionales en el Presupuesto General de la Administración Nacional.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese al Poder Ejecutivo. Antonio J. Rodas.-

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